PAÍS: LA ANMAT PROHIBIÓ UN MEDICAMENTO PUBLICITADO PARA TRATAR EL COVID-19

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Tras analizar la denuncia presentada por un particular, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) descubrió la presencia de un producto que era comercializado en las redes sociales como un supuesto tratamiento contra el coronavirus y prohibió su comercialización por no contar con las habilitaciones correspondientes. La medida se anunció a través de la Disposición 5570/2020 que se publicó este lunes en el Boletín Oficial.

De acuerdo con lo que explicó el organismo, todo surgió a partir de la investigación que inició el Departamento de Control de Mercado de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, luego de recibir la advertencia de que en un perfil de Facebook se estaba vendiendo este artículo, rotulado como “Plata Coloidal Argenyl”, el cual decía contener gran cantidad de acciones terapéuticas.

Según el comerciante, se trata de un compuesto que “es producido desde 1940 por el Laboratorio Argenol, en España, Zaragoza”, una empresa “líder mundial en derivados de plata” y que además es “única en el mercado” y está “aprobada por ANMAT con Registro (2962)”.

Además, en la publicación se aseguraba que es “antibacteriano, antivírico, antibacteriano de amplio espectro, antimicótico”, para “uso externo e interno” y también como profiláctico.

Las autoridades sanitarias señalaron que “es importante resaltar” que el producto era comercializado “como un medicamento no solo con propiedades terapéuticas, sino que también es ofrecido para la prevención y tratamiento del COVID-19, sin contar con la debida autorización”.

Después de una búsqueda rápida, la Dirección de Gestión de Información Técnica precisó que “no existen constancias” de la mencionada empresa española ni del artículo en cuestión en el Registro de Especialidades Medicinales.

Por esta razón, la ANMAT consideró que “se trata de un producto ilegal, toda vez que declara datos no veraces en su rotulado, se desconoce su efectivo origen y su formulación, por lo cual no puede garantizarse su calidad, seguridad y eficacia, situación que resulta en un riesgo para la salud de la población, máxime teniendo en cuenta el contexto actual de pandemia en el que nos encontramos”.

Ante esta situación, a partir de la Disposición 5570/2020 el organismo ordenó prohibir “el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto rotulado como ‘Plata Coloidal Argenyl’”.

Esta medida se suma a otras recientes que tomó esta misma administración nacional para impedir la venta de elementos que son de primera necesidad en el marco de la pandemia, pero que no cumplían con las normativas sanitarias vigentes o eran ilegales por diferentes razones.

BOLETIN OFICIAL

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS
Y TECNOLOGÍA MÉDICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°: Prohíbese el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto rotulado
como: “PLATA COLOIDAL ARGENYL”, por las consideraciones vertidas en el considerando.
ARTÍCULO 2o: Regístrese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín
Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de
Productos para la Salud. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a
sus efectos. Cumplido, dése a la Coordinación de Sumarios a sus efectos. Manuel Limeres

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