CHACO: NUEVAS MEDIDAS QUE SE IMPLEMENTARÁN EN LA PROVINCIA POR LA SEGUNDA OLA DE CORONAVIRUS

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Luego de los anuncios realizados ayer por el gobierno nacional para mitigar el impacto de la segunda ola de coronavirus en el país y el anticipo efectuado por el gobernador Jorge Capitanich en la mañana de este jueves, el gobierno provincial dio a conocer esta noche el Decreto 792 que incluye las medidas que regirán en el Chaco desde este 9 y hasta el 30 de abril, inclusive.

Así, en línea con las medidas nacionales, se suspenden las reuniones o eventos en espacios cerrados; restaurantes y bares hasta las 24 horas con sistema de turnos; alarma sanitaria a las 22; restricción de la circulación entre las 24 y las 6 del día siguiente; y la cancelación de los viajes de egresados o tours de mayores de 60 años o integrantes de grupos de riesgo, entre otras.

Las nuevas medidas

Reuniones – Eventos: No se permiten en espacios cerrados bajo cualquier modalidad o motivo. Se exceptúan las reuniones familiares de grupos convivientes.

En espacios abiertos se encuentran permitidos con un máximo de asistentes que no supere las veinte personas. Rigen multas y sanciones oportunamente dispuestas en caso de incumplimiento.

Se faculta a las empresas del estado provincial prestadoras de servicios públicos a interrumpir los mismos por el uso de dicho servicio para el incumplimiento de medidas de restricción sanitarias. La reconexión implicará la acreditación previa del cumplimiento de las sanciones y/o multas aplicadas conforme el caso en particular.

Casinos – Cines – Centros Comerciales: Habilitados con un máximo de asistentes que representen una ocupación de hasta el 50% de la superficie del lugar habilitada para el desarrollo de la actividad. Estricto cumplimiento de protocolos de bioseguridad. Horario: de 8 a 24 horas.

Gastronomía, Restaurantes, Bares: Habilitados en el horario de 8 a 24 horas, bajo sistema de turnos establecido por intermedio de la plataforma “tu gobierno digital”.

Gimnasios – Actividades Físicas y Deportivas: Habilitados con un máximo de asistentes que representen una ocupación de hasta el 50% de la superficie del lugar. No se encuentra permitido el desarrollo de actividades con presencia de público.

Iglesias – Cultos – Celebraciones religiosas: Habilitados con un máximo de asistentes que representen una ocupación de hasta el 50% de la superficie del lugar

Restricción de circulación: Restricción de circulación de personas en el horario comprendido entre las 24 horas y las 6 del día siguiente exceptuándose trabajadores esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.

Alarma sanitaria: a las 22.

Permisos de Ingreso y circulación: Se mantiene la gestión y utilización del permiso de circulación y la obligatoriedad del “Permiso de Ingreso”, consistente en una Declaración Jurada que deberá poseer toda persona que, por cualquier motivo, vía de circulación y medio de transporte desea ingresar a la Provincia, gestionado de manera on line a través de la plataforma “Tu gobierno digital” y previa descarga de la aplicación en dispositivos móviles.

Transporte: Área Metropolitana del Gran Resistencia con capacidad habilitada del 100% de pasajeros sentados. No se permiten pasajeros de pie. Horario: de 5 a 24.

Turismo: No se encuentra permitido el desarrollo de viajes y/o tours de egresados o contingentes que impliquen personas mayores de 60 años o integrantes de grupos de riesgo.

 

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