Tras reunirse el Comité de Emergencia Sanitaria, el intendente de Castelli, Pio Sander, firmó la Resolución N° 563/20 que dispone la adhesión de la Municipalidad al decreto del Poder Ejecutivo provincial N°702/2.020 y su anexo I, con las excepciones que se describen en la presente, en atención a la situación epidemiológica y la clasificación como zona no critica.
En ese sentido, el Municipio adhiere al asueto provincial por 48 horas y brindará servicios esenciales.
En tanto en sus artículos la norma establece el asueto administrativo municipal por 48 horas hábiles (martes 16 y miércoles 17 de junio), “pudiendo prorrogarse a criterio del Comité de Emergencia Sanitaria local y en base a los resultados de los hisopados realizados a las personas con contactos estrecho con los funcionarios provinciales con covid19 positivos”.
Se dispone en la esfera de la Municipalidad las guardias mínimas en cuanto a la Secretaría de Gobierno, Área de Resoluciones, Secretarías de obras públicas, Áreas de tránsito, Área de Comercio y Bromatología, Frigorífico Municipal, Secretaria de Producción, Secretaria de Desarrollo social y Servicios Públicos garantizando el servicio básico como los de recolección de RSU, en especial los residuos patológicos y el abastecimiento de agua al sector productivo para consumo humano y animal.
También se ordena “la desinfección/sanitización de todas las dependencias del Municipio, como así también el CIC y la delegación del Instituto de Colonización de esta localidad, como así toda otro lugar, espacio o zona conforme al criterio del comité de Emergencia Sanitaria local”.
En su artículo 5, la resolución indica suspende “las Obras Públicas en el ejido municipal y Área de influencia del Municipio y las actividades del Nuevo Banco del Chaco SA y Banco de la Nación Argentina por el término de 48 horas hábiles (martes 16 y miércoles 17 de junio)”.
Se prorrogan además por 48 horas hábiles (martes 16 y miércoles 17), la entrega de tarjetas IFE y se suspende las actividades programadas con ANSSES”.
Se mantienen las restricciones de ingreso y salida de bienes y personas de localidades críticas o no críticas conforme lo resuelto por Resolución 550/20 del PEM.(validación de permisos https://permisoprovincial.chaco.gob.ar/login). Y se invita «a las demás instituciones y reparticiones públicas a adoptar idéntico criterio en base al decreto provincial y a la presente resolución, conforme los considerandos dados».
Se dispone que todas las actividades comerciales, deportivas, etc. habilitadas mediante resoluciones del PEM se mantienen funcional y operativamente normal, pudiendo tomarse otras mediadas dependiendo de los resultados de los hisopados en cuestión”.
En tanto, continúa la prohibición en todo el ejido municipal de toda otra actividad deportiva no indicadas e incluidas en los artículos anteriores.
El artículo 11 ratifica y prorroga “las disposiciones de las Resoluciones del Ejecutivo Municipal N° 348/20, 354/20, 363/20, 371/20, 383/20, 399/20, 430/20, 457/20, 550/20 en cuanto a sus términos, medidas dispuestas y sanciones, siempre que no contradigan a la presente resolución.
Finalmente, en su artículo 13° indica que “las medidas dispuestas se definen con criterios de razonabilidad, oportunidad, merito, conveniencia y temporalidad, con el único objetivo de garantizar la salud e integridad de las personas, sujetas a la dinámica de la situación epidemiológica actual de nuestra zona pudiendo en consecuencia ser MODIFICADAS O SUSPENDIDAS cuando las condiciones sanitarias lo requieran y las conductas sociales sean contraria a los protocolos y medidas sanitarias y pongan en riesgo el estado de buena salud”.
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